8/09/2010

EL TAMAÑO DEL ORDEN JURÍDICO FEDERAL MEXICANO

Como sistema federal, contamos con una Constitución nacional, formada por 136 artículos y 32 constituciones locales. La Constitución nacional tiene la singular característica de haber sido reformada un número extraordinariamente elevado de ocasiones, y según las cuentas propias, desde 1917 y hasta mediados de 2008, en 450 ocasiones han sido alterados los contenidos de sus artículos, lo que ha hecho crecer de manera importante el volumen de las disposiciones jurídicas constitucionales, hasta contar al día de hoy con un texto constitucional dos veces superior, en tamaño, al documento original. Soy de la opinión de que hemos arribado, en nuestro país, a un momento en que necesitamos volver a plantear la manera en que hemos tratado a los contenidos constitucionales, porque en la Carta Fundamental se encuentran, sostengo, múltiples disposiciones que no son propias de este nivel normativo, con la consecuente alteración del funcionamiento normal de los órganos legislativos tanto constitucional como secundarios, y distorsionando también el funcionamiento correcto del tribunal constitucional encargado de velar por la adecuación de los contenidos de las leyes secundarias a los contenidos constitucionales, en tanto que éstos son muy volátiles.

Por otra parte, el sistema se integra por más de 252 ordenamientos jurídicos con rango o categoría de ley federal, las cuales contienen cerca de 30,000 artículos vigentes. 7 de cada 10 de esos ordenamientos han sido emitidos en los últimos 26 años. Estos números dan cuenta, si bien sólo en el ámbito propiamente parlamentario, del dinamismo y crecimiento de la “masa jurídica” en el orden federal mexicano.

Estos números no dan cuenta de los ordenamientos jurídicos inferiores al rango de ley, los cuales son, desde luego, muy superiores en volumen y complejidad al de la producción jurídica de nuestros legisladores. Como se puede apreciar, el campo de regulación de la Administración Pública, tanto en sus múltiples espacios en los cuales se relaciona con los particulares, como en el de los contextos de interrelaciones en su interior, tiene un campo no menos propicio para que los diálogos institucionales se escriban en lenguaje claro.

Las cifras que describen el tamaño del orden jurídico federal mexicano invitan a reflexionar acerca de la necesidad de iniciar seriamente la tarea de profesionalizar la tarea de los técnicos en legislación. En este campo, no sólo tienen responsabilidad los propios cuerpos legislativos, quienes habrán de asumir la carga de emitir mejores y más claros mensajes legislativos en un universo de creciente complejidad normativa. Creemos que las universidades tienen un papel no menos relevante para impulsar la formación y capacitación de profesionales del lenguaje legal y jurídico en general, en todos los campos en que se elaboran y emiten normas jurídicas, ya generales o individuales.

Escrito por Ruben Vera

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