6/01/2010

Qué es Un Trabajador de Confianza y Qué Derechos Tiene? parte 2

Como mencionamos en el artículo anterior, el trabajador de confianza será aquel que, en virtud de sus funciones, adquiera ese carácter, sin importar el nombre que se le dé a su puesto dentro de la organización.

Igualmente, comentamos que la necesidad de acreditar si un trabajador es o no es de confianza generalmente se presenta dentro de los juicios laborales que dichos trabajadores inician contra el patrón.

Veamos más criterios al respecto.


Corresponde al Patrón Acreditar que el Trabajador era “De Confianza”:
La jurisprudencia obligatoria número I.1o.T. J/60 ha establecido:

Si el actor se dice despedido injustificadamente y reclama el cumplimiento de su contrato de trabajo, o sea la reinstalación en el puesto que desempeñaba en el momento de ser despedido, y por su parte el patrón se excepciona manifestando que por ser trabajador de confianza fue despedido y pone a su disposición las prestaciones a que se refiere el artículo 49 de la Ley Federal del Trabajo [los famosos 20 días por año], corresponde al demandado la carga de la prueba para demostrar que las labores desarrolladas por el actor tienen las características de las funciones consideradas como de confianza…

Qué Indemnizaciones Deben Pagársele a un Trabajador de Confianza?
Por su parte, la tesis número XIX.1o.28 L estipula:

El artículo 947 de la Ley Federal del Trabajo prevé… que si el patrón se negare a someter sus diferencias al arbitraje o a aceptar el laudo pronunciado, y no se trata de las acciones contenidas en el numeral 123, apartado A, fracción XXII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta dará por terminada la relación de trabajo, procediendo a condenar al pago de las indemnizaciones, consistentes en el importe de tres meses de salario y la que debe efectuarse de conformidad con el artículo 50, fracciones I y II, de la citada legislación; así como al pago de los salarios caídos y de la prima de antigüedad, en los términos del precepto 162 de la ley laboral.

…se concluye que los salarios caídos y la antigüedad no se generan al mismo tiempo, pues los primeros se actualizan hasta en tanto no se cubran las indemnizaciones a que alude el artículo 50 del referido ordenamiento legal…

…si el patrón es condenado a reinstalar al trabajador y a reconocer la antigüedad generada durante el tiempo que duró la separación del trabajo (por causas imputables a él), pero manifiesta su negativa a acatar el laudo mediante el pago de las indemnizaciones correspondientes, también está obligado a reconocer la antigüedad que se siga generando hasta que la Junta declare terminado el vínculo laboral.

Por su parte, el artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo establece que las indemnizaciones legales serán (a) si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios y (b) si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados.

Por otro lado, la tesis: I.6o.T.352 L manifiesta que:

Si la Junta de Conciliación y Arbitraje concluye que el patrón no demostró la causa de la rescisión laboral y que no procedía condenar a la reinstalación por haberse rehusado aquél a ella por tratarse de un trabajador de confianza… debe condenarse al patrón, no sólo al pago de las prestaciones relativas al despido injustificado, sino también al de veinte días de salario por cada año de servicios prestados…

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