Las primera ley publicada en
materia de juventud en el Estado de Chiapas, fue la “Ley de las y los Jóvenes del estado de Chiapas, publicado bajo decreto #140, mediante periódico oficial #
233 de fecha 21 de abril de 2004, la cual en
un principio fue pensada para suplir el vacío legislativo en el que se
encontraba la juventud Chiapaneca, ya que hasta esa fecha no existía una base
jurídica de observancia pública que regulará las acciones para las y los
jóvenes con el estado y entre sí.
Con este primer ejercicio de regulación normativa se pretendió dar solución a los problemas
públicos que más afectaban a la juventud (mujeres y hombres) de Chiapas, instituyéndose una instancia especializada
para la atención de la juventud mediante la publicación en el Periódico Oficial
del Estado No 001-2ª Sección con fecha 11 de diciembre de 2006 y que dio vida
al antiguo Instituto
Estatal de la Juventud, y su forma
de regularse (Reglamento interior) publicado en el Periódico Oficial del Estado
No 082, de fecha 27 de febrero de 2008. Está instancia fue originalmente una
idea buena, pero terminó siendo mal ejecutada e insuficiente para la atención
de la juventud chiapaneca, convirtiendo de esta manera a la ley de la Juventud
en una ley de papel que nunca fue aplicada, respetada y ejecutada en
conformidad con las necesidades de las juventudes.
En mes de septiembre del 2012, ocho años después se
pugna por una revisión de este instrumento desde la sociedad juvenil, dando
paso de esta manera la actual “Ley de
juventud para el Estado de Chiapas” publicada en el periodico oficial no. 389, bajo decreto número 342 con fecha 17 de septiembre 2012, enmarcó nuevas acciones y derechos a favor de las juventudes chiapanecas, tomando en consideración un ENFOQUE DE GÉNERO Y DE DERECHOS HUMANOS DE LAS
JUVENTUDES, porque no hay una sola manera de ser joven y porque sabemos que la
discriminación que viven hombres y mujeres jóvenes tiene relación con sus
circunstancias y con las visiones que de ellos se tiene, las cuales
obstaculizan el ejercicio de sus derechos.
Si bien ahora se contiene
un nuevo instrumento normativo para las juventudes y de observancia obligatoria a partir de su publicación, lo más importante es no
permitir de nueva cuenta su inaplicabilidad o que sea considerada letra muerta, por lo que la
ciudadanía en general y principalmente las juventudes chiapanecas debemos
conocer y exigir su cumplimiento y respeto
.
.
Escrito por Adriana Villatoro
Descarga y conoce la Ley de la juventud para el estado de Chiapas aquí: https://drive.google.com/file/d/0B12_mZNtOY0EamtOZlhDZjIycFE/view?usp=sharing
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